Para poder remitir declaración informativa sobre los donativos recibidos de modo irrevocable, durante el año 2020, a los fines de culto, sustentación, evangelización y ejercicio de la caridad,
debemos cerrar su emisión a 1 de enero de 2020.
Por lo que si deseas este certificado te pido que hagas llegar a la parroquia:
Nombre y apellidos
Número NIF
Importe del donativo total del año.
Dirección postal
Teléfono
En este año 2020, la deducción fiscal para las personas físicas, con los límites legales establecidos, será:
-75% de deducción a los primeros 150 euros donados
-30% de deducción a la cantidad donada sobre esos 150 euros.
-Esta última deducción será del 35% si la donación igual o mayor ha sido donada por tercer año consecutivo.
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